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Repaso a la evolución de las principales novedades legislativas del sector

Repaso a la evolución de las principales novedades legislativas del sector

Angeco promovió y moderó un debate en el pasado NPL Iberian Forum en el que como expertos Manuela Serrano Sánchez, Socia Responsable del área de Litigation & Insolvency de PwC Tax & Legal, Jorge Barreiro, Jefe de Contencioso y Control Judicial en Ibercaja y Ana Enguix, Directora del área Jurídica y Backoffice de Lexer.

Moderados por Carlos Ruiz Cabrera presidente de Angeco, analizaron algunos de los proyectos legislativos en marcha en España y que afectan de forma importante al sector.

Reestructuraciones de deuda previas al concurso:

En este punto realmente los cambios vienen de Europa a través de dos directivas que suponen un paso más para la creación del mercado único europeo.

La primera de las directivas ya está traspuesta en nuestro ordenamiento a través de la nueva Ley Concursal. El principal aspecto que se recoge en esta ley es el intento de evitar la llegada a concurso de empresas mediante los procesos de reestructuración de deuda y la figura del experto en reestructuraciones que actuará como asesor independiente.

Las empresas deberán analizar su probabilidad de insolvencia a dos años vista y, en caso de encontrarse en esa situación, deberán llevar a cabo una reestructuración de su deuda para intentar dar continuidad a la empresa y no llegar al concurso de acreedores. Para llevar a cabo dicha reestructuración se crea la figura del experto en reestructuraciones cuya existencia será obligatoria siempre que:

  • Lo solicite el deudor.
  • Lo soliciten el 50% de los acreedores que pudieran verse afectados por el plan de reestructuración.
  • Lo considere necesario el juez.
  • Cuando se solicite la homologación judicial del plan de reestructuración, incluso para socios o acreedores que no hayan votado a favor del plan.

Los ponentes consideraron positivos estos cambios ya que se tendrán más opciones de recuperar deuda y habrá una mayor eficiencia.

La segunda directiva europea, que aún no ha sido traspuesta, hace referencia fundamentalmente a la compra de unidad productiva en un intento de armonizar la legislación en toda Europa.

Esta venta de unidad productiva se produce antes del inicio del procedimiento concursal y consiste en definir paquetes de elementos concretos que se venden de forma independiente al resto de los bienes de la empresa. Estos denominados prepack deben ser aprobados por el juez.

Si bien en general esta medida da mayor seguridad de cobro de deudas, se señaló como riesgo la posibilidad de que la deuda financiera finalmente quede fuera del proceso de venta de unidad productiva, lo que sería un importante perjuicio.

Proyecto de Ley de Eficiencia Digital:

Unida a la más conocida Ley de Eficiencia Procesal existe también el proyecto de Ley de Eficiencia Digital. Un proyecto que se enmarca dentro del importante avance en automatización y digitalización que se ha producido en los procesos judiciales, pero que actualmente sólo afecta al 50% del proceso, justo hasta la llegada de los mismos a los juzgados.

Lo que se pretende es acercar la administración de justicia al ciudadano, facilitándole el acceso al a misma de igual forma que, como por ejemplo, ya existe con la administración fiscal mediante la presentación telemática de impuestos. Ya se han dado algunos pasos en este sentido como es el Expediente Judicial único que ya está operativo desde el pasado 10 de marzo.

Se establece la obligatoriedad de interoperabilidad que implica que el expediente judicial único se comunique a los diferentes tribunales y también a todos los registros oficiales que interactúan en el mismo, lo que agilizará los procedimientos y hará ganar en eficiencia.

Aunque las dificultades son importantes, los ponentes se mostraron optimistas poniendo como ejemplo lo ocurrido con las subastas judiciales que en un principio parecía que no se llevarían a cabo y sin embargo si lo hicieron.

Señalaron que sin duda se trata de avances necesarios pero no definitivos y que a medio plazo no se notarán demasiado y criticaron el hecho del retraso del legislador nacional que va a implantar en el año 2024 una directiva del año 2019.

Plantillas de la EBA para vendedores de carteras de NPLs:

El moderador quiso conocer la opinión del representante bancario presente en la mesa de debate respecto a las plantillas elaboradas por la European Banking Authority que los vendedores de carteras deben facilitar a los posibles compradores.

La opinión manifestada fue que en principio toda estandarización de información es buena y que es adecuado exigir determinada información específica. Se mostró satisfecho con la plantilla final que se había elaborado ya que consideró que la información que se solicitaba en la misma era mucho más razonable que la que se establecía en las primeras plantillas que se elaboraron hace algunos años y que no tuvieron ningún éxito debido a su complejidad.

La existencia de estas plantillas ayudará a dinamizar las ventas de NPLs haciendo las due dilligences más rápidas.

Aunque la falta de tiempo impidió profundizar en mayores detalles en cada uno de estos proyectos, el debate permitió visibilizar los puntos principales de los mismos.

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