Los miembros de la ANGECO son profesionales de la recuperación de créditos impagados. Respetan las obligaciones estatutarias de su Asociación profesional y actúan conforme a la reglamentación en vigor.
GARANTIAS A LOS CLIENTES:
- Liquidación de las cantidades cobradas en los plazos establecidos.
- La competencia y la moralidad de sus colaboradores.
- La confidencialidad de las informaciones recibidas.
- La aplicación de las tarifas convenidas.
- La rendición regular de cuentas respecto a la ejecución del mandato recibido.
- El desarrollo de sus gestiones dentro de las instrucciones, límites y estrategias que se hayan acordado.
- El actuar siempre dentro de la legalidad vigente.
OBLIGACIONES CON LOS DEUDORES:
- No reclamar más que el importe de las sumas contractual y legalmente debidas.
- Identificarse claramente, sin ambigüedad, sin disimulos y sin atribuirse otra personalidad o representación.
- Respetar las personas y su vida privada.
- Procurar que la deuda se liquide lo antes posible y en vía amistosa.
- Responder a las demandas de información sobre las deudas.
- Utilizar un lenguaje simple y comprensible.
FEDERACIÓN EUROPEA DE ASOCIACIONES NACIONALES DE ENTIDADES DE GESTIÓN DE COBRO. (FENCA)
CÓDIGO DE CONDUCTA
Las siguientes recomendaciones se establecen como unas indicaciones de los procedimientos que deben adoptar las Asociaciones Nacionales miembros de FENCA.
Estas recomendaciones no pretenden ser unas directrices exhaustivas a las asociaciones miembros, sólo establecen unos mínimos que las asociaciones nacionales y sus miembros deberían cumplir. En cualquier caso, cada asociación nacional tendrá su propio código de conducta cuyas directrices pueden exceder lo dispuesto de este código.
DIRECTRICES
- Las Asociaciones Nacionales y sus miembros deben:
- trabajar de acuerdo con las leyes y reglas de sus respectivos países.
- cumplir con todas las leyes nacionales y europeas sobre protección de datos.
Las Asociaciones Nacionales deben asegurar:
- que todas las cuestiones a la Asociación sean tramitadas con rapidez y veracidad.
- que sólo las agencias debidamente acreditadas sean aceptadas en la Asociación.
- que haya un código de conducta para sus miembros y asegurarse de que este código es cumplido por éstos.
- que existan unas reglas básicas para los contactos entre las agencias y sus clientes.
- que las entidades miembros mantengan la confidencialidad sobre toda la información referente a clientes y deudores.
- que exista una procedimiento de queja dentro de las asociaciones para los clientes y deudores y que dichas quejas son investigadas de manera rápida y eficaz.
PERTENENCIA A FENCA
"Los miembros de la Asociación deben facilitar al Consejo de Fenca, a petición de éste, un ejemplar de su código de conducta y dar prueba de que este Código es cumplido correctamente por los miembros".
Fenca es una Federación de Asociaciones Nacionales. Sólo la Asociación Nacional puede mostrar el símbolo de Fenca, nunca las entidades individuales.
|