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creamos angeco

Valores Angeco

Autoregulación

Normas de conducta​

Angeco es muy exigente con la calidad, buenas prácticas y nivel profesional de todos sus asociados. Las Normas de Conducta deben ser cumplidas por todos los miembros de la asociación y son condición necesaria para formar parte de la misma.

CLARIDAD Y TRANSPARENCIA

La claridad y transparencia son bases éticas fundamentales en las relaciones con los prestatarios, que deben de guiar toda la actuación profesional de los asociados

TRABAJO EN EQUIPO

La colaboración entre todos los asociados dentro del ámbito de la asociación, es un valor añadido fundamental para el desarrollo y la profesionalización del sector beneficiando a asociados, clientes y consumidores.

LIBRE COMPETENCIA

Angeco y nuestros asociados somos un equipo, pero también somos competidores. Por ello, el respeto a la libre competencia es uno de los valores que protegemos con mayor énfasis.

TRATO JUSTO

Consideramos que prestar un el trato justo a los prestatarios, garantizando la protección de sus datos personales y evitando incurrir en situaciones de acoso, es un pilar fundamental de la actuación de nuestros asociados.

Compromisos de nuestros asociados

  • Colaborar con el Órgano Interno de Cumplimiento para la consecución de los objetivos de cumplimiento de Angeco, especialmente en materia de prevención de delitos.
  • Evitar incurrir en conductas que puedan generar responsabilidad penal a Angeco, según lo previsto en el Código Penal español y normativa complementaria.
  • Actuar siempre con respeto a los valores y principios de Angeco.
  • Cumplir con las políticas y procedimientos de Angeco que les sean de aplicación.
  • Rechazar toda clase de conductas corruptas y/o fraudulentas, ya sea en el ámbito público o privado.
  • Implementar modelos de cumplimiento sus organizaciones.
  • Fomentar la ética de los empleados.
  • Asegurar la competencia.
  • Guardar confidencialidad de las informaciones recibidas.
  • Desarrollar sus gestiones dentro de las instrucciones, límites y estrategias que se hayan acordado.
  • Actuar siempre dentro de la legalidad vigente y especialmente en lo relativo a la protección de datos de carácter personal.
  • Rechazar toda clase de conductas corruptas y/o fraudulentas, ya sea en el ámbito público o privado.
  • Identificarse claramente, sin ambigüedad, sin disimulos y sin atribuirse otra personalidad o representación.
  • Respetar a las personas y su privacidad.
  • Fomentar la resolución amistosa de los créditos.
  • Garantizar la transparencia en la información sobre los créditos.
  • Utilizar un lenguaje simple y comprensible.
  •  Tratar los datos personales conforme a lo previsto en la legislación vigente.
  • Garantizar la implantación de protocolos de prevención del acoso.
  • Garantizar la implantación de procedimientos de trato justo.
  • Rechazar toda clase de conductas corruptas y/o fraudulentas, ya sea en el ámbito público o privado.

Angeco tiene suscrito el Código de Conducta establecido a nivel europeo por FENCA para el sector de recuperación de deuda establece lo siguiente:

Las Asociaciones Nacionales y sus miembros deben:

  • Trabajar de acuerdo con las leyes y reglas de sus respectivos países.
    Cumplir con todas las leyes nacionales y europeas sobre protección de datos.
  • Las Asociaciones Nacionales y sus miembros deben asegurar:
    Que todas las cuestiones planteadas a la Asociación sean tramitadas con rapidez y veracidad.
  • Que sólo las agencias debidamente acreditadas sean aceptadas en la Asociación.
  • Que haya un código de conducta para sus miembros y asegurarse de que este código es cumplido por éstos.
  • Que existan unas reglas básicas para los contactos entre las agencias y sus clientes.
  • Que las entidades miembros mantengan la confidencialidad sobre toda la información referente a clientes y deudores.
  • Que exista un procedimiento de queja dentro de las asociaciones para los clientes y deudores y que dichas quejas son investigadas de manera rápida y eficaz.

Código ético de conducta de Angeco

Descargar Código ético de conducta de Angeco

2023

Código Tipo

El Código Tipo de Angeco resuelve la casuística del sector de la gestión de créditos y la recuperación de deudas en el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos. El Código Tipo de Angeco regula el procedimiento de tratamiento de los datos personales y estandariza el comportamiento de las entidades adheridas.

Ampliar Información

Los Códigos Tipo tienen el carácter de códigos deontológicos o de buena práctica profesional respecto al cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales, y se encuentran regulados en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (art. 32), y en el Real Decreto 1720/2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (arts.71-78).

El Código Tipo de Angeco resuelve la casuística del sector de gestión de cobros en el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos. El Código Tipo de Angeco regula el procedimiento de tratamiento de los datos personales y estandariza el comportamiento de las entidades adheridas.
El contenido del Código Tipo de Angeco ha sido supervisado por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) e inscrito en el Registro General de Protección de Datos el 5 de Noviembre de 2015.

El Código Tipo de Angeco:

  • Establece un criterio uniforme en el tratamiento de datos
  • Aumenta las garantías de cumplimiento de la LOPD
  • Facilita el ejercicio de los derechos de los afectados

El Código Tipo de Angeco proporciona:

  • A las entidades adheridas: un documento adaptado a la casuística específica del sector, recogiendo instrucciones claras y de fácil comprensión para el responsable del fichero
  • A la Administración: un conjunto de normas aprobadas por la AEPD
  • A los ciudadanos: el compromiso y la garantía del cumplimiento de sus derechos en relación al tratamiento de los datos personales por parte de las empresas adheridas.

Para mayor información sobre el Código Tipo de Angeco, contacta

Compliance

Órgano interno de cumplimiento

Angeco cuenta con un Órgano Interno de Cumplimiento (OIC) nombrado por la Asamblea General y adscrito a la Junta Directiva

Es el encargado de la supervisión del cumplimiento normativo de la Asociación.

El OIC es el órgano encargado de gestionar y garantizar el correcto funcionamiento del Canal Ético.

Corresponde al OIC la actualización del presente Código, así como su
interpretación.

Todos los destinatarios del Código podrán plantear sus dudas sobre el presente Código a través de Canal Ético de Angeco.

Así mismo los empleados de Angeco y órganos de gobierno estarán obligados a denunciar riesgos e incumplimientos de la normativa tanto legal como interna de Angeco.

Angeco cuenta con un Canal Ético accesible a través la dirección de correo electrónico:

canaletico@angeco.com

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